El juego de suerte y azar en la modalidad novedosa denominado KENO, correspondiente a la Región 4 (en adelante, el “Juego”), es operado por BLINKAZAR S.A.S., con NIT 901.989.283-0 (en adelante, el “Operador”), empresa autorizada por Coljuegos mediante el Contrato de Concesión No. C2203 de 2025, y responsable de su operación, comercialización y pago de premios en los territorios habilitados.
La operación del contrato de concesión se desarrolla entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2031, periodo que comprende las etapas de adecuación y operación del juego.
El presente documento establece las reglas para acceder, participar en el Juego, realizar apuestas y cobrar premios.
La participación en el Juego implica la aceptación de los presentes Términos y Condiciones. En los canales digitales, dicha aceptación se realizará mediante mecanismos de validación expresa habilitados por el Operador, garantizando que el jugador ha tenido la posibilidad de conocer su contenido de manera previa, libre e informada.
Estos Términos y Condiciones estarán disponibles en los canales oficiales del Operador y podrán ser actualizados cuando sea necesario por razones legales, regulatorias, técnicas u operativas. Las actualizaciones entrarán en vigencia a partir de su publicación, sin perjuicio de los casos en que se requiera la aceptación expresa del usuario conforme a la normativa aplicable.
El Juego se desarrolla conforme a la legislación colombiana aplicable a los juegos de suerte y azar, incluyendo, entre otras, las siguientes disposiciones:
Así mismo, el Juego se desarrolla en cumplimiento de:
Estos Términos y Condiciones se interpretarán de conformidad con la normativa vigente y las disposiciones expedidas por Coljuegos.
Para efectos de estos Términos y Condiciones, se entenderá por:
Apuesta: Valor en dinero que el jugador paga para participar en uno o varios sorteos del juego KENO, el cual debe quedar debidamente registrado en el Sistema Central del Juego. Los valores mínimo y máximo de apuesta serán los definidos por el Operador, de conformidad con la regulación aplicable y estarán disponibles en los canales oficiales del Operador.
Autoexclusión: Proceso voluntario mediante el cual el jugador solicita la restricción de su participación en el juego por un periodo determinado, conforme a los lineamientos de juego responsable establecidos por la normativa aplicable.
Canales autorizados: Medios habilitados por el Operador para la comercialización del juego, incluyendo puntos de venta físicos mediante terminales de venta (TDV) y canales digitales autorizados, conforme a la regulación aplicable.
Comercializador: Persona jurídica autorizada por el Operador para la venta de apuestas del juego KENO.
Generador de Números Aleatorios (GNA): Sistema tecnológico debidamente certificado, utilizado para la generación de resultados del juego de forma independiente, impredecible y aleatoria, garantizando la transparencia, integridad y confiabilidad del mismo.
Jugador: Persona natural mayor de edad que realiza una apuesta en el juego KENO a través de los canales autorizados por el Operador.
Juego: Juego de suerte y azar en la modalidad novedosa denominado KENO, en el cual un jugador selecciona un conjunto de números y participa en sorteos cuyos resultados se determinan mediante un Generador de Números Aleatorios (GNA), operado por un concesionario autorizado por Coljuegos conforme a la normativa vigente.
Juego Responsable: Conjunto de principios, prácticas y medidas orientadas a promover una participación informada, consciente y moderada en los juegos de suerte y azar, previniendo conductas de juego problemático y protegiendo la salud mental de los jugadores, en línea con lo establecido por Coljuegos.
LA/FT/FPADM: Riesgos asociados al lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, entendidos como la posibilidad de que el sistema económico, financiero o de juegos de suerte y azar sea utilizado para dar apariencia de legalidad a recursos de origen ilícito, canalizar recursos hacia actividades terroristas o facilitar el desarrollo, adquisición o uso de armas de destrucción masiva.
Operador: Persona jurídica autorizada mediante contrato de concesión suscrito con Coljuegos para la operación del juego KENO en la respectiva jurisdicción.
Plan de premios: Estructura previamente definida que establece los valores a pagar al jugador, de acuerdo con la categoría seleccionada por el jugador y los aciertos obtenidos en cada sorteo. Los factores de pago y valores aplicables serán los aprobados por Coljuegos y estarán disponibles para consulta en los canales oficiales del Operador.
Premio: Valor en dinero que recibe el jugador cuando obtiene los aciertos definidos en el plan de premios.
Sistema Central del Juego: Plataforma tecnológica del Operador que permite el registro, validación, control y trazabilidad de las apuestas, sorteos y resultados del juego en tiempo real.
SIPLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, implementado por el Operador para la prevención, detección y control de estos riesgos, conforme a la normativa vigente.
Sorteo: Evento mediante el cual se determinan los resultados del juego, a través del Generador de Números Aleatorios (GNA), conforme a las condiciones establecidas para su operación.
Tiquete: Comprobante físico o electrónico que acredita la realización de una apuesta, el cual constituye el único documento válido para la verificación y cobro de premios.
El juego KENO en Colombia está organizado por regiones para garantizar su adecuada operación. El país fue dividido en cuatro (4) regiones, cada una con un operador autorizado por Coljuegos, responsable de la venta de apuestas, la operación del juego y el pago de premios en su territorio:
Cada operador únicamente puede operar dentro de su región asignada, lo que permite garantizar control, transparencia y cumplimiento de la normativa en todo el país.
BLINKAZAR S.A.S. opera el juego KENO en la Región 4, en los municipios autorizados de los siguientes departamentos, a través de comercializadores habilitados para la venta de apuestas:
| Departamento | Comercializador | Marca Comercial |
|---|---|---|
| Boyacá y Amazonas | JER S.A. | JER |
| Putumayo | INTI RED S.A.S. | SuRed |
| Huila | Apuestas Nacionales de Colombia S.A.S. | Suchance |
| Bogotá D.C. y Cundinamarca | Grupo Empresarial en Línea S.A. | PagaTodo |
| Meta | Sociedad Empresarial del Meta S.A. | ConSuerte |
| Caquetá | Red Multiservicios de Colombia S.A. | SuperGiros |
| Tolima | SEAPTO S.A. | GanaGana |
La operación del juego se limita exclusivamente a los territorios autorizados conforme al contrato de concesión y la regulación vigente. Los comercializadores actúan como aliados autorizados del Operador y cumplen con las condiciones técnicas, operativas y regulatorias exigidas para la adecuada comercialización del juego.
El juego KENO se opera y comercializa a través de canales autorizados que garantizan la correcta validación de las apuestas y el cumplimiento de la normativa vigente. Estos canales incluyen:
Todas las apuestas realizadas, sin importar el canal, son registradas en línea y en tiempo real en el Sistema Central del Juego, lo que permite su validación, control y trazabilidad.
La red de comercialización, la cobertura geográfica, los puntos de venta y los terminales habilitados hacen parte del esquema operativo definido en el proceso de adjudicación y se ajustan a los requerimientos técnicos establecidos por Coljuegos, garantizando una operación segura, transparente y conforme a la regulación aplicable.
KENO es un juego de suerte y azar de tipo lotérico en la modalidad de novedoso, conforme a lo establecido en el Acuerdo 07 de 2024 expedido por Coljuegos, en el cual los resultados se determinan mediante un Generador de Números Aleatorios (GNA), sistema tecnológico que garantiza que cada sorteo sea independiente, impredecible y transparente, y no depende de la habilidad o conocimiento del jugador.
Sus principales características son:
El juego se ofrece como una actividad de entretenimiento, por lo que no constituye un mecanismo de inversión ni una fuente de ingresos garantizada.
Para participar en el juego KENO, es necesario:
No está permitida la participación de menores de edad. El Operador podrá requerir la validación de la identidad del jugador mediante la presentación de documentos oficiales vigentes que permitan su identificación, de conformidad con la normativa aplicable y sus procedimientos internos.
El juego KENO opera de la siguiente manera:
Todos los procesos del juego se ejecutan de manera automática, en línea y en tiempo real a través del Sistema Central del Juego, garantizando su integridad, trazabilidad y transparencia.
Las apuestas podrán realizarse hasta un (1) minuto antes de la hora definida para el sorteo en puntos de venta físicos y hasta treinta (30) segundos antes en canales digitales. A partir de ese momento, el sistema bloquea la recepción de apuestas en todos los canales.
Los sorteos se realizan mediante el Sistema Central del Juego a través del Generador de Números Aleatorios (GNA) y podrán tener una frecuencia mínima de cuatro (4) minutos y máxima de diez (10) minutos entre cada uno.
El Operador podrá implementar sorteos independientes para las apuestas realizadas en internet y para aquellas efectuadas en puntos de venta físicos, siempre que cumpla con las condiciones regulatorias aplicables. En estos casos, los sorteos en canales digitales podrán tener una frecuencia mínima de dos (2) minutos y máxima de diez (10) minutos, debiendo ser claramente identificados y diferenciados para los jugadores.
Los sorteos serán transmitidos en línea y en tiempo real a través de los canales y plataformas autorizadas por el Operador.
Las apuestas en el juego KENO:
El valor de la apuesta para participar en el juego KENO será el que el jugador decida, dentro de los límites establecidos por la regulación vigente. En todo caso, el valor pagado, incluido el IVA, será mínimo de quinientos pesos ($500) y máximo de veinte mil pesos ($20.000) por categoría.
Como constancia de la apuesta, el jugador recibirá un tiquete físico o electrónico, el cual constituye el único documento válido para la verificación de la apuesta y el cobro de premios.
En caso de pérdida, deterioro, adulteración o ilegibilidad del tiquete, no habrá lugar al reconocimiento ni pago del premio.
El juego KENO cuenta con un plan de premios previamente definido, en el cual el valor del premio depende de la categoría seleccionada por el jugador y de los aciertos obtenidos en cada sorteo.
Los factores de pago aplicables por categoría y número de aciertos serán los aprobados por Coljuegos y podrán ser actualizados conforme a la normativa vigente, sin que ello implique modificación de los presentes Términos y Condiciones.
El valor del premio se determina multiplicando el monto apostado por el factor de pago correspondiente.
El reconocimiento y pago de los premios está sujeto a las validaciones del Sistema Central del Juego.
El plan de premios vigente se encuentra disponible para consulta en los canales oficiales del Operador, incluyendo el sitio web www.kenocolcentro.com.co y demás plataformas autorizadas.
Los resultados de cada sorteo:
Para el cobro de un premio, el jugador deberá:
El pago está sujeto a validaciones automáticas del sistema, incluyendo verificación del tiquete, controles de identidad, revisión en listas restrictivas y vinculantes cuando aplique, así como la aplicación de retenciones legales. El Operador podrá realizar validaciones adicionales de identidad y debida diligencia conforme a la normativa vigente en materia de LA/FT/FPADM.
Dependiendo del valor del premio, el pago podrá realizarse en puntos de venta autorizados o mediante los mecanismos definidos por el Operador.
En caso de inconsistencias o alertas, el pago podrá ser suspendido hasta completar las verificaciones correspondientes.
Los premios pagados estarán sujetos a las retenciones e impuestos establecidos en la legislación colombiana vigente aplicable a los juegos de suerte y azar, los cuales serán aplicados al momento del pago cuando corresponda.
El plazo máximo para reclamar un premio es de un (1) año, contado a partir de la fecha del sorteo, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 1393 de 2010 sobre la prescripción de premios en los juegos de suerte y azar.
El juego KENO promueve una participación informada, consciente y moderada, entendiendo el juego como una actividad de entretenimiento y no como un mecanismo para generar ingresos.
Se recomienda a los jugadores:
El Operador implementa un Programa de Juego Responsable que incluye acciones de prevención, información y autocontrol, así como herramientas como la autoexclusión y mecanismos de orientación para los jugadores.
Durante la transmisión de los sorteos, el Operador incluirá de manera permanente un mensaje de Juego Responsable, conforme a los lineamientos y disposiciones definidos por Coljuegos.
El tratamiento de los datos personales se realiza conforme a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes, garantizando su adecuada recolección, uso, almacenamiento, circulación y supresión, bajo principios de seguridad, confidencialidad y legalidad.
El titular de los datos podrá ejercer en cualquier momento sus derechos a:
El tratamiento de datos personales se realizará conforme a la Política de Tratamiento de Datos Personales del Operador, la cual se encuentra disponible en www.kenocolcentro.com.co.
El Operador implementa controles y procedimientos orientados a prevenir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, en cumplimiento de la normativa vigente.
En este marco, el Operador podrá:
Se prohíbe a los jugadores y a cualquier tercero:
El incumplimiento de estas prohibiciones podrá dar lugar a la suspensión de la participación en el juego y a la adopción de las medidas legales y contractuales a que haya lugar.
El jugador es responsable de:
El jugador asume las consecuencias derivadas de errores en la selección de su apuesta, del uso de canales no autorizados o de la pérdida, deterioro o alteración del tiquete.
El Operador garantiza la correcta operación del juego y de sus sistemas, de conformidad con la normativa aplicable y los estándares técnicos definidos para su funcionamiento.
El juego KENO es de carácter aleatorio, por lo que el Operador no garantiza resultados ni la obtención de ganancias.
El Operador no será responsable por:
Los usuarios podrán presentar peticiones, quejas, reclamos o sugerencias a través de los canales oficiales dispuestos por el Operador.
Estas serán atendidas conforme a los procedimientos y tiempos establecidos en la normativa vigente y en los mecanismos internos definidos por el Operador, garantizando una atención oportuna, adecuada y transparente.
El Operador no será responsable por eventos o situaciones que se encuentren fuera de su control razonable, incluyendo, entre otros:
En tales casos, el Operador adoptará las medidas razonables para restablecer el servicio y garantizar la continuidad de la operación del juego.
El Operador podrá suspender total o parcialmente la operación del juego de manera temporal cuando se presenten, entre otras, las siguientes situaciones:
En estos casos, el Operador informará a través de sus canales oficiales sobre la suspensión y, cuando sea posible, las condiciones para el restablecimiento del servicio.
El Operador podrá modificar en cualquier momento los presentes Términos y Condiciones por razones legales, regulatorias, técnicas u operativas.
Cuando se presenten cambios sustanciales, estos serán informados a los usuarios a través de los canales oficiales del Operador.
En los casos en que las modificaciones afecten las condiciones de participación del juego, el Operador podrá requerir la aceptación expresa de los usuarios en los canales digitales.
Las modificaciones entrarán en vigencia a partir de su publicación, sin perjuicio de los casos en que se requiera aceptación expresa.
Los presentes Términos y Condiciones, junto con el plan de premios, los canales oficiales del Operador y las disposiciones regulatorias aplicables constituyen el marco integral que regula la operación y participación en el juego KENO.
La participación en el juego KENO implica la aceptación expresa de los presentes Términos y Condiciones. En consecuencia, el usuario declara que: